24 Abr, 2024

Controlando el riesgo: Registro Nacional para personas prestadoras de servicios mediante plataformas digitales

En la era de la digitalización, el acceso a servicios de taxi, delivery, logística hasta trabajo doméstico mediante plataformas digitales, se ha convertido en parte fundamental de la vida cotidiana de millones de personas que se generan ingresos a través de éstas como en las personas que lo requieren. Sin embargo, estos diversos modelos de negocios también ha traído consigo una serie de desafíos, principalmente en lo que respecta a la seguridad de los usuarios y usuarias finales.

En nuestro país la demanda por plataformas digitales que brindan servicios de transporte de pasajeros y reparto han crecido significativamente en los últimos años. Es así que, por ejemplo, durante el periodo comprendido entre el año 2020 y los primeros meses del año 2021, la demanda de servicios de transporte urbano en plataformas digitales (solicitados a través de aplicativos móviles) experimentó una marcada disminución debido a los impactos de la pandemia y las medidas de confinamiento implementadas.

Sin embargo, a partir de marzo del año 2021, se ha observado una tendencia al alza en la demanda de estos servicios, en consonancia con la flexibilización de las restricciones de movilidad. Entre los años 2021 y 2022, la cantidad de solicitudes diarias de viajes, pasó de 299 mil a 531 mil, lo que representa un incremento del 78% superando los niveles registrados antes de la pandemia.

En cuanto a los servicios de entrega a domicilio (delivery), se ha observado un notable aumento en la demanda en los últimos tres años y se duplicó más del doble entre los años 2020 y 2021. A lo largo del año 2022, la demanda registró un aumento del 26% en comparación con el año anterior. Así lo señala el informe “Impacto de las plataformas digitales en la economía peruana” del Instituto Peruano de Economía.

A pesar de no contar con cifras oficiales sobre este sector de la economía, se calcula que habrían más de 2 millones de personas en el país que emplean las plataformas digitales de reparto y movilidad principalmente y cada hora, cerca de 27 mil personas hacen uso de estas herramientas, en la actualidad.

Los índices de criminalidad han alcanzado niveles alarmantes en el Perú, llevando al gobierno a declarar el estado de emergencia en varios distritos de la capital. La delincuencia ha encontrado nuevas formas de operar, incluyendo la modalidad del «falso repartidor»,  o del «falso taxista» donde los delincuentes se hacen pasar por repartidores de entrega y conductores para pasar cometer robos y asaltos. Esta situación no solo afecta a los usuarios y usuarias, sino también a los negocios locales y a las miles de personas que generan sus ingresos diarios y semanales a través de los aplicativos móviles.

En los últimos cinco años esta situación se ha visibilizado a través de múltiple denuncias y reportajes. Ante esta situación, existen propuestas legislativas que han sido presentadas en el Congreso de la República con el fin de crear mecanismos de fiscalización, control y regulación a las plataformas digitales que intermedian los servicios de movilidad y delivery, principalmente. Junto a ellas también existen iniciativas municipales e internacionales que proponen la creación de registros alrededor estas actividades.

  1. Iniciativas Legislativas:

En el caso de la legislación peruana las siguientes propuestas aún se encuentran en debates en comisiones.

  PROYECTO         DE LEY              TÍTULO                            ARTÍCULO
N°01381/2021- CR Proyecto de ley que regula el servicio de delivery en vehículos motorizados y a las empresas proveedoras del servicio de delivery por aplicativo tecnológico móviles – App. Artículo 4: Creación del registro Nacional de Proveedoras del servicio Delivery en vehículos motorizados y de las empresas de delivery con aplicativo tecnológico móvil – APP.
N°01536/2021- CR Proyecto de ley que establece beneficios a las personas que prestan servicios a través de plataformas digitales. Artículo 8: Registro y acreditación de los prestadores de servicios independientes de plataforma digital de contacto.
N° 667/2021-CR Proyecto de ley que regula la relación entre las plataformas digitales y las personas que prestan servicio de reparto o movilidad. Artículo 10. Del registro. Los titulares de plataforma digital y los prestadores de servicios deben estar inscritos en el Registro Nacional de Personas Jurídicas que incurren a Servicios de Reparto, Distribución de Bienes y Movilidad, a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, que certifique su existencia y legalidad.
N° 5192/2020-CR Proyecto de ley que regula el trabajo de reparto de productos a domicilio a través de vehículos menores motorizados y no motorizados. Artículo 11. Registro y Autorización

Los proveedores de servicios que realizan reparto de productos a domicilio deben estar registrados en el “Registro de Proveedores de Reparto a Domicilio a través de vehículos menores motorizados y no motorizados” a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien emite la autorización de circulación para los vehículos menores motorizados y no motorizados que registren los proveedores de servicio para dicho fin. (…).

 2. Iniciativas Municipales:

A efectos de la problemática planteada, son diversos los municipios de la capital los que han desplegado, en el marco de sus funciones, diversas iniciativas locales, para principalmente, fiscalizar  y empadronar a los prestadores de servicios:

 ORDENANZA

DISTRITO FECHA

OBJETO

Ordenanza N.º 414-MSI Modificada mediante Ordenanza N.º 464-MSI San Isidro 21/12/2015 Modificatoria 11/10/2017 Ordenanza que regula el servicio de transporte de entrega rápida de productos a través de vehículos menores motorizados y no motorizados.
Ordenanza N.º 380/ MDLM La Molina 30/03/2019 Ordenanza que establece medidas extraordinarias en temas de comercialización, seguridad ciudadana y transporte tales como el empadronamiento del personal que presta el servicio de delivery, el servicio de seguridad y vigilancia privada, de guardianía, conserjes, porteros, jardineros, gasfiteros, carpinteros, electricistas, servicios de telefonía, el personal contratado y subcontratado que presta servicios a las empresas de Sedapal, Luz del Sur y empresas privadas que brindan todo tipo de servicio en general a los usuarios.
Ordenanza N.º 525/MM Miraflores 14/10/2019 Ordenanza que regula el servicio de arrendamiento y entrega de productos con vehículos de micro movilidad y/o motocicletas.
Ordenanza N.º 2186 Lima Metropolitana 7/11/2019 Ordenanza que regula los procedimientos administrativos de licencias de funcionamiento y autorizaciones conexas para el desarrollo de actividades económicas en el ámbito del Cercado de Lima.
Ordenanza N.º 090-2020- MDMM Magdalena del Mar 28/05/2020 Ordenanza que aprueba el Reglamento de Servicio de Transporte de Entrega de Productos a través de Vehículos Menores Motorizados y no Motorizados.
Ordenanza N.º 648-MSB San Borja 3/07/2020 Ordenanza que regula el servicio de transporte de productos a través de vehículos menores motorizados y no motorizados, estableciendo la prohibición del servicio de transporte de pasajeros y carga en vehículos menores.
Ordenanza N.º 568/MM Miraflores 15/04/2021 Ordenanza que crea las micro zonas para la intervención del espacio público en el distrito de Miraflores.
Ordenanza N.º 616/MM Miraflores 01/09/2023 Ordenanza que regula el servicio de entrega rápida de productos a través de vehículos menores motorizados y/o no motorizados en el distrito de Miraflores.
Ordenanza N.º 689-MSS Santiago de Surco 20/10/2023 Ordenanza que regula el servicio de transporte de entrega rápida de productos a través de vehículos menores motorizados y no motorizados en el Distrito de Santiago de Surco.

      3. Iniciativas internacionales:

Es innegable que la América Latina se encuentra ante un desafío significativo, ya que las nuevas formas de empleo, impulsadas por el avance tecnológico, carecen aún de un marco normativo específico que atienda diversas particularidades. No obstante, hay iniciativas como respuesta a la problemática, que la presente iniciativa plantea y entre ellas destaca la propuesta de crear registros nacionales para todas las personas que desempeñan servicios de reparto, movilidad, entregas y Courier.

En Paraguay se ha presentado el proyecto legislativo 151424, que “Regula el trabajo en plataformas digitales de movilidad y reparto a domicilio” el cual expone en su artículo 20° el Registro de trabajadores de empresas de plataformas digitales de servicios.

En Argentina también se contempla la el proyecto de ley 1887-D-2023, que propone la “Creación del Registro Nacional, único y obligatorio para trabajadoras y trabajadores de plataformas en aplicaciones.”

En Colombia a través del Proyecto de Ley N° 166 de 2023 “Por medio del cual se adopta una reforma laboral para el trabajo digno y decente en Colombia”, considera en su artículo 25° la modalidad de Registro de información en plataformas digitales de reparto.

Desde el Observatorio, consideramos que una medida clave -en este contexto- es la creación de un Registro Nacional de personas prestadoras de servicios de entrega y movilidad, el cual permitiría identificar a los verdaderos prestadores de servicios y diferenciarlos de aquellos que utilizan estas plataformas para cometer actos delictivos. Esta medida no solo busca ser una herramienta para enfrentar la inseguridad ciudadana, sino también mejorar la transparencia, proteger al consumidor, facilitar la fiscalización y mejorar la calidad de los servicios.

Por lo tanto, una iniciativa de esta naturaleza aportaría los siguientes beneficios:

  • Mayor transparencia: la creación de un registro nacional puede mejorar la transparencia sobre las personas que prestan servicios en plataformas digitales, ayudando a garantizar la seguridad y la calidad de estos servicios.
  • Protección del consumidor: un registro facilita la identificación y seguimiento de los prestadores de servicios, lo que ayuda a contribuir a una mayor protección del consumidor al garantizar que aquellos que ofrecen servicios estén debidamente identificados y cumplan con garantizar condiciones mínimas de seguridad.
  • Facilitación de la fiscalización: El registro facilitará la fiscalización por parte de las autoridades correspondientes, lo que promoverá un mayor cumplimiento de las normativas locales y nacionales, vinculadas al sector.
  • Prevención de delitos: la existencia de un registro ayudará en la prevención de delitos al facilitar la identificación y rastreo de individuos que utilizan plataformas digitales para cometer actividades ilícitas.
  • Mejora en la calidad de los servicios: Al conocer mejor a las personas que brindan los servicios, las plataformas digitales pueden implementar políticas y estándares de calidad más efectivos, mejorando la experiencia general del usuario.
  • Generación de datos: el registro puede proporcionar datos demográficos y sociolaborales sobre las personas naturales que prestan servicios en plataformas digitales de trabajo localizado. Estos datos son valiosos para comprender mejor la fuerza laboral en este sector y el diseño de diversas políticas públicas.

Es fundamental destacar que la propuesta de establecer un Registro Nacional de personas prestadoras de servicios mediante plataformas digitales en nuestro país, tiene como objetivo principal proteger y respaldar a los prestadores de servicios rechazando cualquier tipo de estigmatización por cualquier índole, así como la asociación con el aumento de la criminalidad en Perú.